¿Cómo se hace exactamente la Objeción Fiscal al Gasto Militar?

TODO EL MUNDO PUEDE HACER OBJECIÓN FISCAL AL GASTO MILITAR

Objeción fiscalEl estado recauda durante todo el año impuestos a todas las personas de la sociedad, y lo hace de muchas formas (IRPF, IVA, impuestos indirectos, tasas…). De este dinero destina una gran parte -538 euros por persona en el año 2010- para el ejército, la policía y la preparación de guerras (investigación militar, por ejemplo).

La declaración del IRPF supone una magnífica oportunidad de recuperar este dinero y destinarlo a un fin justo. Por eso te recordamos que:

Cualquier persona, tenga o no ingresos, tenga o no nómina, esté o no dada de alta, puede hacer la declaración de Hacienda y reclamar este dinero al estado para desviarlo a un proyecto alternativo por la Paz.

La declaración te puede salir a pagar, a devolver o de cuota cero. En todos los casos puedes objetar.

Si la declaración te la mandan ya hecha o te la hace alguien con un programa informático, siempre puedes copiar manualmente los datos a un impreso en papel –añadiendo tu objeción- y presentándola en Hacienda o en el banco.

¿Cómo se hace exactamente la objeción?

Te proponemos dos maneras de hacerla:

Cuota fija: teniendo en cuenta que el estado ha destinado este último año 538 euros por persona para fines militares, ésta podría ser una buena cantidad a objetar.

Cuota abierta: Dado que el estado tiene tantos medios de recaudar nuestro dinero, resulta complicado determinar cual ha sido la cantidad exacta que nos ha cobrado a lo largo de todo un año. Sin embargo la OFGM es, ante todo, una acción pública y colectiva de denuncia al militarismo y una interpelación a la sociedad. Es mucho más importante el hecho de objetar que la cantidad objetada; por ello, cualquier cantidad, por pequeña que pueda ser, es válida.

En ambos casos es muy fácil:

a.- Haz la declaración de la renta hasta llegar al apartado de “Retenciones y demás pagos a cuenta” Tacha uno de los subapartados que no utilices y escribe encima: “Por Objeción Fiscal al Gasto Militar”. En la casilla añade la cantidad que vas a objetar (la cuota fija de 538 euros o cualquier cuota abierta que hayas decidido).

b.- Termina normalmente el resto de la declaración, sin olvidar que el “Resultado de la declaración” tiene que verse disminuido -si es “a pagar”- en una cantidad igual a la cantidad objetada o que la cantidad a devolver -si es “a devolver”- tiene que verse aumentada también en dicha cantidad.

RECUERDA:

La declaración te puede salir a pagar, a devolver o de cuota cero. SIEMPRE te puedes declarar persona objetora y RECLAMAR el dinero de tus impuestos que se destina al gasto militar y desviarlo a un proyecto alternativo por la PAZ.

Puedes utilizar el programa P.A.D.R.E., la página web de Hacienda, una gestoría o la cita previa para hacer les cálculos generales de tu delaración, pero SIN ENTREGARLA. Traslada los números manualmente a un impreso, calcula tu objeción y, ahora sí, entregala a Hacienda o preséntala en el banco.

PARA LAS DOS OPCIONES:

Cuando acabes la declaración, ingresa la cantidad de tu Objeción Fiscal al Gasto Militar en el proyecto alternativo que hayas elegido. Pide que en el concepto del recibo que dan en el banco aparezca “Objeción Fiscal al Gasto Militar”

No olvides adjuntar a tu declaración el justificante del ingreso.

Es conveniente que adjuntes también un escrito dirigido al Delegado de Hacienda manifestando los motivos de tu Desobediencia Civil.

MUY IMPORTANTE: Escríbenos diciendo que has hecho Objeción Fiscal al Gasto Militar para que tu acto pueda participar de una campaña que es colectiva.

Correo electrónico: tortuga@nodo50.org

Correo postal: MOC-ELX c. ametler 26, pta 7, 03203 Elx, Alacant.

Más información: http://www.grupotortuga.com/Campana…

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